El Ayuntamiento de Binéfar, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 18 de enero de 2000,
Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Binéfar, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
cuadrilongo rectangular de base apuntada. Cuartelado en cruz: 1º cuartel de azur, lienzo de muralla moviente de la punta, de siete almenas, de oro, sumado de torre del mismo metal, aclarada de gules; 2º de gules, nube de plata, sumada de torre del mismo metal, aclarada del campo; 3º de gules, cruz de malta; 4º de azur, racimo de uvas, de oro, hojado de una, del mismo metal. Al timbre, Corona Real abierta.
Paño azul, de proporción 2/3, con banda roja que va de la esquina superior al asta a la inferior al batiente; en el ángulo superior al asta figura una cruz de Malta blanca, y en el inferior una torre amarilla con puerta y ventanas rojas.
Zaragoza, 18 de enero de 2000.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente y Consejero de Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA